Demanda de Cuidado Personal
Wolfenson Abogados pone el foco en el derecho de familia, para asesorar a nuestros clientes en el cuidado personal (tuición) de sus hijos o menores.
El cuidado personal (conocida anteriormente como tuición) en Chile se encuentran normada por nuestra legislación, es por esta razón, que entregamos a nuestros clientes la asesoría jurídica necesaria para iniciar acciones legales encaminadas a obtener el cuidado de sus hijos, o la defensa de aquellos, ante eventuales demandas.
Nuestra firma otorga una representación integral para la protección de sus hijos ante demandas originadas en este ámbito, frecuentes ante la separación familiar.
A continuación presentamos una guía legal para brindarle orientación sobre el cuidado personal del menor:
¿Qué es el cuidado personal de los hijos?
El cuidado personal, conocido comúnmente como tuición, está asociado a una serie de obligaciones y derechos que generalmente recaen en los padres de un menor, ya sea niña, niño o adolescente. En otras palabras, corresponde al cuidado personal de la crianza y educación de los hijos.
Cuando los progenitores conviven, ambos comparten la responsabilidad del cuidado de los hijos. Sin embargo, surgen conflictos en caso de ruptura de la relación de pareja, lo que lleva a dejar de compartir el mismo hogar.
Los abogados de familia en Santiago de Wolfenson, explican que, al separarse, los padres se enfrentan a la tarea de determinar cómo se manejarán los asuntos relacionados con sus hijos: quién ejercerá el cuidado personal, con quién vivirán, qué padre o madre abandonará el hogar, y también deberán acordar lo que comúnmente se conoce como régimen de visitas (relación directa y regular). Además, deberán establecer el destino de la pensión alimenticia que el progenitor que no convive con los hijos está obligado a pagar.
¿Cuáles son las responsabilidades asociadas al cuidado personal de los hijos?
La persona a cargo de la tuición o cuidado personal del menor debe encargarse de su crianza, proporcionarle un hogar y educarlo, procurando siempre su máximo desarrollo tanto espiritual como material, priorizando en todo momento el interés superior del niño, niña o adolescente.
Asimismo, la persona responsable del menor debe convivir con él y tomar decisiones relacionadas con diferentes aspectos de su vida, como su educación y salud.
¿Es posible llegar a un acuerdo respecto al cuidado personal?
Los abogados de familia de nuestro estudio jurídico en Santiago explican que, si existe una buena relación entre los padres, la decisión sobre quién ejercerá el cuidado personal del hijo puede ser pactada entre ellos, incluso llegando a un acuerdo de cuidado personal compartido que puede ser formalizado mediante una escritura pública o una sesión de mediación familiar. Sin embargo, cuando no es posible llegar a un acuerdo, se puede recurrir a la vía judicial presentando una demanda de cuidado personal ante los Tribunales de Familia, tras haber pasado por un proceso de mediación obligatorio previo.
¿Qué es la Demanda de Cuidado Personal?
El objetivo de esta acción legal es que otra persona obtenga el cuidado personal de los hijos en su favor. Es importante destacar que para solicitarlo es necesario contar con la asesoría de un abogado experto en derecho de familia y presentar argumentos que justifiquen por qué el menor estaría mejor viviendo con el demandante.
En este contexto, se pueden plantear dos argumentos, el primero conforme al interés del menor y por otra parte, el descuido que se haya tenido sobre el menor.
¿Por qué es importante regular el cuidado personal?
La regulación del cuidado personal permite que cada progenitor conozca sus responsabilidades, lo que contribuye a mantener un orden establecido.
Además, cualquier modificación en esta disposición deberá ser informada al Tribunal de Familia y no puede realizarse de manera arbitraria. Asimismo, se pueden solicitar medidas en caso de incumplimiento.
Se hace relevante comprender que las decisiones verbales carecen de validez legal, y que a medida que cambian las circunstancias pueden surgir problemas.
Es importante tener en cuenta que, incluso si no tiene el cuidado personal de sus hijos, estos tienen derecho a mantener una relación regular con ambos progenitores. Para regularizar este contacto, se puede solicitar el establecimiento de un régimen de visitas para permitir este derecho.
¿Quién se hace cargo del cuidado personal de los hijos?
En general, si ambos padres están vivos, el cuidado personal de los hijos corresponde a los dos. Éste se basa en el principio de corresponsabilidad, según el cual, ambos padres, aunque vivan separados, participarán en forma activa, equitativa y permanente en la crianza y educación de sus hijos. Sin embargo, puede radicarse el cuidado personal en uno solo de ellos e inclusive en otros parientes o personas.
¿Que es el cuidado personal compartido?
El cuidado personal compartido es un régimen de vida que procura estimular la corresponsabilidad de ambos padres que viven separados, en la crianza y educación de los hijos comunes, mediante un sistema de residencia que asegure su adecuada estabilidad y continuidad.
¿Pueden el padre y la madre llegar a un acuerdo?
Si padre y madre viven separados podrán determinar de común acuerdo que el cuidado personal de los hijos corresponda al padre, a la madre o a ambos en forma compartida. Este acuerdo se debe establecer mediante una escritura pública o acta extendida ante cualquier oficial del Registro Civil y ser subinscrita al margen de la inscripción de nacimiento dentro del plazo legal. El acuerdo, establecerá la frecuencia y libertad con que el padre o madre que no tiene el cuidado personal mantendrá una relación directa y regular con los hijos y podrá revocarse o modificarse cumpliendo las mismas solemnidades.
¿Qué pasa si no hay acuerdo?
Si no hay acuerdo, los hijos continuarán bajo el cuidado personal del padre o madre con quien estén conviviendo. El juez de familia podrá atribuir el cuidado personal del hijo a uno solo de los padres, cuando las circunstancias lo requieran y el interés superior del niño lo haga conveniente. En ningún caso el juez podrá fundar exclusivamente su decisión en la capacidad económica de los padres. Cuando el juez atribuya el cuidado personal del hijo a uno de los padres, deberá establecer, de oficio o a petición de parte, en la misma resolución, la frecuencia y libertad con que el otro padre o madre mantendrá una relación directa y regular con los hijos, considerando su interés superior.
¿Cuáles son mis responsabilidades como padre o madre al obtener el cuidado personal de mis hijos?
Ocuparse de su crianza y educación. Sin embargo, en virtud del principio de corresponsabilidad, la ley dispone que, vivan juntos o separados padre y madre deben participar en forma activa, equitativa y permanente en la crianza y educación de los hijos. A falta de acuerdo de los padres, los hijos continuarán bajo el cuidado personal del padre o madre con quien estén conviviendo. Adicionalmente, el padre o madre que tenga el cuidado personal también tiene la patria potestad, es decir, los derechos y los deberes sobre los bienes del hijo hasta que se emancipe, lo que ocurre por ejemplo cuando cumple la mayoría de edad o se casa.
¿Qué criterios debe considerar el juez para conceder el cuidado personal?
a) La vinculación afectiva entre el hijo y sus padres y demás personas de su entorno familiar.
b) La aptitud de los padres para garantizar el bienestar del hijo y la posibilidad de procurarle un entorno adecuado, según su edad.
c) La contribución a la mantención del hijo mientras estuvo bajo el cuidado personal del otro padre, pudiendo hacerlo.
d) La actitud de cada uno de los padres para cooperar con el otro, a fin de asegurar la máxima estabilidad al hijo y garantizar la relación directa y regular.
e) La dedicación efectiva que cada uno de los padres procuraba al hijo antes de la separación y, especialmente, la que pueda seguir desarrollando de acuerdo con sus posibilidades.
f) La opinión expresada por el hijo.
g) El resultado de los informes periciales que se haya ordenado practicar.
h) Los acuerdos de los padres antes y durante el respectivo juicio.
i) El domicilio de los padres.
j) Cualquier otro antecedente que sea relevante atendido el interés superior del hijo.
¿Puede el cuidado personal quedar a cargo de alguien que no sea el padre o la madre?
En caso de inhabilidad física o moral de ambos padres, el juez puede confiar el cuidado personal de los hijos a otra persona o personas competentes, velando por el interés superior del niño. Se privilegiará a los consanguíneos más próximos, en especial a los abuelos.
Wolfenson Abogados brinda asesoría legal de excelencia con abogados especialistas en cuidado personal (tuición) del menor.
Enlaces de interés sobre la Cuidado Personal del Menor en Chile:
1.- Código Civil
2.- Ley Que Crea los Tribunales de Familia (Ley 19.968)
3.- BCN - Igualdad de padre y madre en el cuidado de los hijos
Wolfenson Abogados. Estudio Jurídico Chile.
Si necesita mayor información y asesoría jurídica respecto al cuidado personal de los hijos y demanda de cuidado personal en Chile, le invitamos a ponerse en contacto con nuestros abogados en Santiago. Estamos ubicados en Av. El Golf 40, Piso 12, comuna de Las Condes, Santiago de Chile.